Tras el control, el conductor de 62 años fue acompañado por los agentes hasta un sector adecuado para la circulación de su rodado, y posteriormente un familiar lo trasladó en un vehículo de carga
Personal de la Policía Caminera escoltó al conductor de scooter eléctrico fuera de la Circunvalación
En una escena poco habitual para el tránsito de la ciudad de Córdoba, un hombre de 62 años fue sancionado por circular en un scooter eléctrico por la Circunvalación, donde este tipo de vehículos no está autorizado. El episodio, registrado durante la tarde del miércoles, activó la intervención de la Policía Caminera, que controló la situación sobre la Ruta Nacional A-019, a la altura del kilómetro 2 del anillo externo.
De acuerdo con lo reportado por fuentes del caso, los efectivos detectaron a un conductor desplazándose por la autovía en un scooter eléctrico, modalidad de movilidad que la normativa vigente impide en corredores de alta velocidad.
La Dirección General de Policía Caminera informó que, al advertir la presencia del rodado, se labró el acta correspondiente por infracción a la Ley de Tránsito N° 8560, la cual prohíbe expresamente la circulación de estos vehículos en autovías y autopistas.
La intervención policial incluyó, además, una medida preventiva para el resguardo de la integridad física del hombre. Según detallaron las fuentes del caso, los uniformados escoltaron al conductor hasta un sector habilitado para el paso de su tipo de rodado. La decisión se tomó “teniendo en cuenta las características del vehículo y la seguridad vial”, en palabras de la fuerza.
Un familiar del conductor se
Un familiar del conductor se presentó con un vehículo de carga tras la notificación policial
Al momento de la notificación, el hombre fue acompañado fuera de la autovía por la policía y, posteriormente, un familiar se presentó en el lugar con un vehículo de carga para trasladarlo.
La Policía Caminera subrayó —en coincidencia con lo publicado por La Voz— que estos operativos buscan prevenir riesgos y garantizar el cumplimiento de la legislación orientada a todos los usuarios de las vías rápidas. La infracción, encuadrada en la Ley de Tránsito N° 8560, se aplicó por tratarse de “circulación en autovía y autopista con vehículo especial”, según consta en el acta labrada en el lugar.
Las autoridades reiteraron que la restricción para scooters eléctricos y vehículos similares responde a criterios de seguridad vial y protección de los conductores. El caso no dejó consecuencias adicionales para otros usuarios de la Circunvalación y finalizó con el traslado del infractor a una zona permitida para su rodado.